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martes, 29 de abril de 2025

La Bandera de la Libertad Civil como “símbolo patrio histórico”

 El 29 de abril del año 2015 se aprobó la ley 27.134i que reconoció a la Bandera Nacional de la Libertad Civil como “símbolo patrio histórico”. La enseña fue entregada por el general Manuel Belgrano como reconocimiento al pueblo jujeño por el sacrificio y méritos de guerra en las batallas de Tucumán y Salta, tal como lo expresó el prócer. El acontecimiento se dio en la solemne ceremonia cumplida en la ciudad de San Salvador de Jujuy, el 25 de mayo de 1813, así quedó asentado en el libro capitular y en las comunicaciones con que Belgrano informó al Gobierno. Otros numerosos documentos avalan su autenticidad. Esta es la única enseña que ha llegado hasta el presente que probadamente estuvo en manos del prócer. Por esto es una reliquia cívica de primera magnitud, digna de la veneración de los argentinos. En virtud de la ley que se cita, es el cuarto símbolo de la Nación argentina, sumándose a la nómina que integra junto a la Bandera, el Escudo y el Himno.



Interesa señalar que la “libertad civil” a la que alude su designación equivale al moderno concepto del “estado de derecho”, un principio básico de la democracia. Implica que las autoridades deben cumplir su gestión conforme a la Constitución y a las leyes, respetando los derechos fundamentales de las personas (los llamados “derechos humanos”).

Pocos días antes de aquella histórica jornada, el Cabildo de Jujuy solicitó a Belgrano que le facilitara la bandera de su Ejército para destacar el tercer aniversario de la formación del Primer Gobierno Patrio. El prócer accedió y, paralelamente, mandó componer una segunda, de paño totalmente blanco, con las armas que usaba la Asamblea General Constituyente pintadas en su centro. En el Archivo de la provincia de Tucumán se conservan los recibos de lo que se pagó por la tela y la pintura, en ambos casos con la firma de Belgrano que autorizó las erogaciones. Aquel 25 de mayo de 1813 el paño fue bendecido y paseado por la ciudad, recibiendo un total reconocimiento popular. 

El pueblo de Jujuy atesoró la pieza hasta el presente. Inicialmente se conservó en el Cabildo, luego pasó a la iglesia matriz, de allí a la Legislatura y al despacho de los gobernadores. En 1927 se la depositó en el Salón Blanco de la Casa de Gobierno y desde el año 2021 se preserva con las debidas condiciones técnicas en el Centro de Interpretación que le está dedicado, donde la visitan miles de argentinos. El histórico Regimiento de Infantería de Montaña 20 “Cazadores de los Andes” le presta simbólica custodia. Las penurias por las que debió pasar el símbolo en sus primeros años afectaron los extremos del paño, por eso se lo recortó en algún momento, entre el fin del siglo XIX y comienzos del XX. 

En el año 2021 finalizó el complejo proceso de intervención que permitió estabilizar la estructura de la pieza para minimizar los efectos del paso del tiempo; estuvo a cargo de la Lic. Patricia Lissa y de su equipo de expertas. La tarea verificó que el escudo está pintado al temple de caseína, sin ninguna capa de preparación previa; la tela mide 135 cm de alto por 141,5 cm de ancho. Es de raso de seda blanco que, con el paso del tiempo, se muestra de un tono marfileño. Lo componen tres franjas de género cosidas entre sí, en paralelo al eje del blasón. Para su debida conservación se la colocó sobre otra tela que le aporta un soporte material adicional. El gorro de la Libertad del blasón termina en una mascaypacha, emblema de poder del Inca; en la actualidad cabe interpretar que simboliza el aporte de las culturas originarias a la construcción de la gran Patria Americana. Mientras que el lemnisco, que cierra los gajos vegetales, es de color rojo. El Sol muestra un rostro humanizado que esboza una sonrisa, único caso de entre los cientos de representaciones tempranas del símbolo, lo que podría interpretarse como un gesto de optimismo en el alba de la nueva nación.

Interesa señalar que la ley 27.134 surgió de un proceso participativo plural. El anteproyecto fue elaborado y presentado al Congreso Nacional por el Dr. Miguel Carrillo Bascary, vexilólogo e historiador, miembro de número del Instituto Nacional Belgraniano que, por decisión de su titular, el Lic. Manuel Belgrano, auspició su trámite, con el apoyo de sus filiales de Jujuy, de Rosario y de otras entidades. Más de 5.000 firmas de particulares se sumaron al pedido. Los entonces senadores por Jujuy, Liliana Fellner, Gerardo Morales y Walter Barrionuevo, promovieron la media sanción de la ley, mientras que los representantes de esa provincia hicieron lo propio en la Cámara de Diputados, con lo que la iniciativa quedó sancionada.

La Ley 27.134 determina que la Bandera de la Libertad Civil acompañe con carácter optativo a la Enseña Nacional y que merece los mismos honores que esta, a la que reconoce precedencia. En la versión de ceremonia el escudo que la caracteriza puede estar indistintamente bordado o impreso en el anverso, lleva una corbata con los colores nacionales, evidenciando su condición. La norma define un modelo patrón para el diseño de todas sus reproducciones; la imagen vectorial fue elaborada a partir de la pieza original por el experto Francisco Gregoric, también miembro de número del Instituto Nacional Belgraniano. 


Fuente: INB



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