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jueves, 9 de abril de 2015

9 de Abril de 1812: El triunvirato prohibe la introducción de esclavos en el Territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata

9 DE ABRIL DE 1812: EL TRIUNVIRATO COMPUESTO POR JUAN JOSÉ PASSO, FELICIANO CHICLANA Y MANUEL DE SARRATEA PROHIBE LA INTRODUCCIÓN DE ESCLAVOS EN EL TERRITORIO DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL RIO DE LA PLATA.


El negro en el Río de la Plata

Con frecuencia se califica de idílica la situación de los esclavos en el actual territorio argentino, afirmándose también que la esclavitud desaparece debido a las medidas adoptadas por la Asamblea General de 1813.
Nada más inexacto. Tampoco el asociar el tema del negro con danzas y candombes realizados durante el gobierno de Juan Manuel de Rosas, rodeándolo de un falso pintoresquismo, refleja la realidad de las relaciones de carácter racial que imperan desde la colonia y hasta la desaparición de aquel grupo humano.

Aspecto jurídico de la esclavitud

Según la legislación aplicada en las colonias, se puede definir al esclavo como una cosa dependiente de otro, el amo, y sujeta a normas jurídicas.

Esta cosa u objeto (pieza de Indias en los documentos de la trata) está regida por una legislación general dictada en la Península y por reglamentaciones locales acordes con la estructura socioeconómica de cada región.

Todo sistema feudal –y lo establecido por España en América– necesita para subsistir de una rígida estratificación social. Estratificación impuesta en las colonias por las denominadas “Leyes de Indias” y la determinación de la clase que se autodenomina superior. En el Río de la Plata como en el resto de las posesiones españolas, ser blanco o descendiente de éstos, y en algunos casos sólo participar –por nacimiento o por educación– del ambiente en el que se desempeña la clase social dominante (a pesar de cierto porcentaje de sangre indígena o negra) significa para un indiano la apertura de las puertas de la administración colonial, del comercio, de los colegios, seminarios y universidades, sectores vedados por regla general a los negros, mulatos y zambos. Para ellos todo deseo de integración constituye un deseo inalcanzable. Los documentos coloniales, desde el siglo XVI y hasta el XIX, denominan personas de mala raza a quienes poseen entre sus antecesores sangre africana, mora o judía, impidiéndoles el casamiento con los pobladores considerados blancos.

De acuerdo con el concepto imperante, la esclavitud constituye un estigma jurídico exclusivo del negro (aludimos en este caso al siglo XVIII). Esclavitud que se hereda por línea materna en todos los casos, es esclavo aunque su padre sea blanco, si bien éste tiene derecho a comprarlo si lo ofrecen en venta y con preferencia a cualquier otra persona. Para el indio no tiene vigencia lo estipulado y mucho menos para el progenitor negro.

Comercio legal y contrabando de negros

Desde los primeros momentos de la ocupación del continente, España importa mano de obra servil, encargándose del tráfico comerciantes y sociedades de Portugal, Francia e Inglaterra. Recién en las últimas décadas del siglo XVIII, comerciantes españoles y criollos se interesan en la práctica del comercio infame.

Las zonas de aprovisionamiento de esclavos en la costa de África varían de acuerdo con la época, las compañías y países que en distintos momentos ejercen el monopolio del tráfico. Las áreas de mayor importancia situadas en la costa occidental fueron el Sudán Occidental, la costa de Guinea y el Congo. Asimismo se importaron africanos de Madagascar y de las factorías emplazadas en el extremo sur del continente, con mayor intensidad en los últimos años del siglo XVIII. La legislación española y los contratos con las fuentes de abastecimiento prohibían el ingreso de los moros y negros mahometanos debido al temor que inspiraban y a su índole más levantisca. Pero si bien la letra lo estipulaba así, el contrabando primero y luego la exportación directa del Brasil señalan la presencia de africanos con influencias árabes. Durante la primera mitad del siglo XVII se exportan a Buenos Aires negros provenientes de la revuelta de Los Palmares (Brasil).

Disminuida la población indígena útil para el trabajo en las haciendas, minas e ingenios, la introducción de negros será el recurso que mantendrá la economía colonial en funcionamiento, por cierto a un costo de vidas muy alto.

La Corona pondrá en manos de comerciantes (los llamados asentistas) la tarea de abastecer a sus dominios ultramarinos de mano de obra esclava. Luego las concesiones serán acordadas en calidad de monopolios, con Francia e Inglaterra en un proceso complejo que no podemos resumir en pocas líneas.

El cruce del Atlántico desde las factorías africanas se realiza en veleros que los portugueses denominan tumbeiros (de tumbas), sombría calificación que alude a una trágica realidad: durante el siglo XVIII y considerando las mejores condiciones posibles de sanidad y navegación, sólo sobreviven al viaje entre un sesenta y setenta por ciento de los hombres embarcados.

En casos extremos, documentados fehacientemente, no arriba con vida ni un solo negro, como ocurre en el primer viaje que realiza una nave de la Compañía de Guinea a Buenos Aires en 1702.

Llegado el velero a puerto, los oficiales reales controlan la carga humana, cobran los derechos correspondientes y en señal de conformidad aplican sobre la piel del africano una marca de plata puesta al rojo que deja la marca imborrable (carimbo). Lo hacen sobre ciertas partes del cuerpo: cabeza, brazos, pecho y espalda. Los dibujos son variados y similares a las marcas de ganado: cruces, círculos, iniciales, etc. Recién en 1784 se deja sin efecto esta bárbara costumbre que se extendió en América durante más de tres siglos.

Junto al tráfico legal y desde fines del siglo XVI el contrabando de esclavos constituye una actividad muy productiva. Entre las varias vías empleadas para ingresar la mercadería de contrabando en el siglo XVIII, la más común era pasar a los negros por la extensa y despoblada frontera entre Brasil y la Banda Oriental o por intermedio de la Colonia del Sacramento cuando la ocupan los portugueses; también emplean pequeñas sumacas (embarcaciones) que con facilidad arriban a la costa del Plata, y no pocas veces operan abiertamente y con la complicidad de gobernadores y autoridades locales.

La Colonia del Sacramento, ciudad emplazada por los portugueses frente a la ciudad de Buenos Aires en 1680, constituye, como Jamaica en las Antillas, el centro del contrabando rioplatense.

Los comerciantes porteños, más que al peligro de una posible invasión, temen la competencia de éstos en el intercambio de manufacturas y esclavos por cueros, realizado con las naves inglesas que rondan nuestras costas. El gobernador García Ros se queja amargamente en 1715 ante la imposibilidad de controlar el comercio ilícito, debido a la escasa cantidad de soldados y la extensión de fronteras y del litoral; pero como buen funcionario colonial no duda en recibir de los navegantes ingleses buenas sumas de dinero en pago de sus servicios.

No será el único: la Compañía del Mar del Sur a pesar de ser abastecedora legal de esclavos en los dominios del rey de España, no se libra de entregar con frecuencia abultadas cantidades para evitarse problemas con los funcionarios; estos gastos extras, escrupulosamente asentados en las cuentas de los comerciantes, nos documentan hoy sobre el concepto de honradez administrativa de la época. Algunos ejemplos: en 1744 el capitán del navío Royal George entrega a los oficiales reales, en calidad de presente, ciento dieciocho mil pesos en piezas de ocho reales; el 1º de agosto de 1722, seis mil pesos al gobernador de Panamá, mil quinientos al fiscal y dos mil a los oficiales reales del puerto. Entre 1716 y 1717, el capitán del Kingston vende en forma ilícita mercaderías y esclavos en Buenos Aires, mediante la entrega del 25% de los beneficios al gobernador. Y mientras en la pacata Buenos Aires desembarcan la carga humana, en Londres los miembros de la Compañía sobornan al representante de S. M. Católica para que permita cientos de fraudes y lo hacen a cambio de la entrega de mil libras esterlinas y una pensión anual de ochocientas. Así lo señala V. L. Brown basándose en testimonios de la época. En determinado momento, los miembros de la Compañía del Mar del Sur, dedicada a las actividades del comercio humano y de la que es socio el mismo monarca español, utilizan el chantaje para lograr sus propósitos. (Documentos publicados en “The South Sea Company and Contraband Trade”, en American Historical Review, vol. 31, nº 4, julio de 1926.)

Son tan frecuentes aquellos tratos para eludir las prohibiciones y el monopolio que en muchos casos los comerciantes desconocen la existencia de las actividades lícitas. En 1750 queda sin efecto el monopolio que poseyó Inglaterra para realizar el comercio de esclavos, previa indemnización de cien mil libras esterlinas. La indemnización corresponde a las comisiones que dejaría de cobrar el monarca por la solución de los negocios.

Posteriormente serán armadores de la península los que participen en el comercio infame. El proceso de transformación del sistema de monopolios hacia la liberación total es lento y complejo. Durante varias décadas y mediante reales órdenes se autoriza a las personas relacionadas con la Corte a introducir esclavos. Ajenos al conocimiento del tráfico, éstos venden los permisos a armadores prácticos y dispuestos a emprender aquellas actividades, que adquieren la mercancía en las posesiones de Portugal en América y en las factorías del litoral africano. Recién en 1778 se permite el comercio libre, pero con la condición de efectuarlo en veleros con bandera española (en ese momento España está en guerra con Inglaterra). Al año siguiente la autorización se extenderá a las naves de países neutrales y Francia se benefició con ello. En 1783, al finalizar la guerra entre España e Inglaterra (Tratado de Versailles), se acordará mayor libertad al comercio marítimo e internacional. Paralelamente al interés de las colonias de importar mano de obra servil, los ingleses, en franca expansión industrial, inician una fragorosa campaña para abolir el comercio de esclavos. Su interés y el interés de la burguesía, sin descontar lógicas razones humanitarias, radica en la necesidad que tiene el sistema de mano de obra libre y asalariada capaz de consumir lo que produce. La tesis había sido expuesta con claridad por Adam Smith en La riqueza de las naciones (Libro III, cap. II). Muchos años antes, en 1633, el promotor de la Compañía de las Indias Occidentales, el inquieto Guillermo Usselink sostenía: “Por lo mismo que en las Indias se ejecutaba la mayor parte del trabajo por medio de esclavos y cuestan mucho, trabajan de mala gana y mueren pronto a causa de los malos tratos de sus amos, estamos seguros de que ha de sernos mucho más provechoso el uso de un pueblo libre; además el esclavo no deja otro provecho que su trabajo, porque yendo desnudo nada adquiere ni necesita de las industrias”. La amplia libertad acordada por Carlos IV en 1789 para realizar el tráfico, extendida dos años después al puerto de Buenos Aires, es la respuesta a las tentativas abolicionistas inglesas y al temor de perder las fuentes de abastecimiento en la costa de África. De acuerdo con lo resuelto, en adelante podrán emprender el comercio esclavista todos los vasallos españoles y también los extranjeros. Pero a pesar de las medidas expuestas, y a la sombra del comercio legal, prosigue el contrabando con la misma intensidad de siempre.

Las ganancias producidas por este comercio son apreciables. Un negro bozal recién llegado de África (aproximadamente en 1780) se vende en la costa del Brasil a un precio que oscila entre 90 y 120 pesos y en Buenos Aires a 250, cifra que puede duplicarse y triplicarse en el Perú de acuerdo con la oferta y la demanda del momento. Recuerda un cronista colonial y testigo de aquel momento rioplatense (Lastarria) que un velero que arriba al puerto de Montevideo con trescientos esclavos deja a su propietario no menos de setenta y cinco mil pesos de ganancia (el sueldo de un peón de campo oscila entre los cinco y ocho pesos mensuales).

Vendida la carga humana, entre Buenos Aires y Montevideo, adquiere veinticinco mil pesos de cueros, cantidad con la cual colma la capacidad de su nave. La diferencia, cincuenta mil pesos, si lo desea, puede enviarla en metálico o invertirla en nuevas exportaciones de cueros.

La autorización para comerciar libremente no exime sin embargo a los interesados de la necesidad de un permiso oficial para hacerlo. Muchas órdenes reales beneficiarán a los españoles y criollos instalados en Buenos Aires; uno de ellos, Tomás Antonio Romero, se contará entre los más favorecidos. Espíritu emprendedor dentro de la monotonía porteña sólo interesada en comprar a dos y vender a cuatro, dueño de un respetable capital, adquiere veleros apropiados y los fleta a la costa de África. Sus informes a las autoridades virreinales y otros que remite a España alude a los viajes, los éxitos y los fracasos. Y el virrey Arredondo se regocija ante el espíritu progresista del español (había nacido en Maguer). Ni una palabra de condolencia ante la situación de esos hombres arrancados por la fuerza de sus hogares. La insensibilidad, en momento de intensa campaña abolicionista, puede compararse con la de ciertos historiadores contemporáneos enamorados de los gráficos y las series estadísticas e inmunes al dolor humano. Los comerciantes criollos y españoles que trafican con cueros y con seres humanos utilizan el sistema de los británicos. De Buenos Aires y de la Banda Oriental remiten cueros secos de vacunos a España y con el dinero que les remite su venta compran manufacturas. Enfilan luego las proas de sus naves hacia la costa de África donde, mediante operaciones de trueque, adquieren mano de obra servil. Otros, imposibilitados por razones económicas de emprender tan largos viajes, deben conformarse con los envíos de la costa del Brasil (Pernambuco, Bahía y Río de Janeiro) desembolsando, como es natural, precios más elevados por unidad de mercancía.

¿Y en Córdoba?


En Córdoba, donde la presencia africana representó el 60 por ciento de la población en la época virreinal. ¿Qué pasó con ellos? ¿Dónde están?

Córdoba fue, en ese marco, un nudo de distribución; pero también fue un centro de ubicación de los africanos esclavos que, en su mayoría, trabajaron en los conventos. Los negros secuestrados en Africa, al llegar a Buenos Aires, eran puestos en cuarentena. Cuando llegaban a Córdoba, eran puestos en cuarentena en la República de San Vicente, en el Mercado y de allí, vendidos y distribuidos.


Porqué se prohibe el ingreso de esclavos en 1812 a Buenos Aires?
Un decreto del Triunvirato del 9 de abril de 1812 establecía el fin del comercio de esclavos, y un año después la Asamblea Constituyente declaró personas libres a los hijos de madres esclavas, pero había que esperar a 1853 para la abolición definitiva en términos constitucionales.

El 14 de mayo de 1812 el gobierno ordenó publicar en la Gazeta "el decreto superior del 9 de abril (solicitado por el cabildo) sobre la prohibición de la introducción de los esclavos".

"Se prohíbe absolutamente la introducción de expediciones de esclavatura en el territorio de las provincias unidas", dice el artículo 1 del decreto, que finaliza con un llamado a los ciudadanos en el que hace alusión a un nuevo aniversario del 25 de mayo de 1810.

Pero la esclavitud seguía siendo un modo de explotación y el comercio interno una forma de adquirir esa mano de obra, porque ninguna de las medidas reconocía el derecho a la libertad incondicional de los esclavos.

"Los negros llegan a la costa con todos los elementos de la enfermedad. Retenidos por grillos y bozales por muchos meses, bebiendo poco, comiendo raíces, frutos silvestres y toda sabandija, desfallecidos por el calor y las fatigas de las marchas, expuestos a todas las intemperies, llegan a Mozambique casi exhaustos." Luego cruzaban el océano hacinados en condiciones de total insalubridad y muchos morían en el viaje por asfixia, aplastados, o por enfermedades y eran arrojados al mar; y los que llegaban eran distribuidos por el territorio y vendidos en los mercados.

En el caso de los mercados porteños, hubo quejas permanentes del Cabildo para trasladarlos fuera de la ciudad, porque a causa de las condiciones en que llegaban los esclavos, eran focos de enfermedades y fuertes olores.

En este contexto y bajo el influjo de las nuevas inquietudes independentistas y las corrientes europeas, llega el decreto de 1812, la Asamblea del año XIII y la Constitución de 1853.-

Fuente: Ricardo Rodríguez Molas - El texto apareció originalmente en Historia Integral Argentina, Tomo V, “De la Independencia a la Anarquía”, Centro Editor de América Latina, Buenos Aires, 1970.

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